Puerto Rico Bills

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PC 446 (2017-2020 Session)
Para establecer la Ley para Autorizar la Investigación Clínico-Científica del "Cannabis" en Puerto Rico, con el fin de permitir que instituciones universitarias acreditadas puedan realizar investigaciones relacionadas con su uso terapéutico medicinal; establecer criterios y requisitos para las personas que participarán en dichas investigaciones; establecer identificación de las mismas para permitir la posesión restringida del "Cannabis" para uso investigativo; establecer reglamentación y periodo de implementación del Proyecto Piloto con el fin de promover las investigaciones clínico-científicas en Puerto Rico sobre sus posibles usos terapéuticos, establecer vigencia del Proyecto Piloto y asignar fondos para el funcionamiento del mismo.
Jan 09 2017 Referido A Comisión(Es): Salud (Camara)
Jan 12 2017
PC 439 (2017-2020 Session)
Para añadir una Sección 18 al Artículo VI de la Ley Núm. 72-1993, según enmendada, conocida como la "Ley de Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico", con el fin de establecer las obligaciones de una aseguradora, organización de servicios de salud, administrador de beneficios de farmacia o cualquier organización intermediaria contratada por aseguradoras, cuando la misma vaya a realizar la terminación de contrato hacia un proveedor participante; establecer la capacidad de la Administración de revisar dichas terminaciones de contrato cuando la Administración entienda que dicha terminación afecta el funcionamiento de la Red Preferida o Región bajo la cual se prestan los servicios de salud a pacientes dentro del Plan de Salud Gubernamental que la aseguradora, organización de servicios de salud, administrador de beneficios de farmacia o cualquier organización intermediaria contratada por aseguradoras administra; imponer penalidades por el incumplimiento de dichas disposiciones; para añadir una Sección 38 a la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida como la "Ley Orgánica del Departamento de Salud", con el fin de establecer la obligación del Departamento de Salud, en coordinación y consulta de la Oficina de la Comisionada de Seguros el establecer reglamentación que incluya los siguientes criterios que serán necesarios que sean incluidos como cláusulas contractuales uniformes dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para toda organización de servicios de salud que opere dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en la contratación de servicios de salud en Puerto Rico; y se enmienda el inciso (o) del Artículo 7 de la Ley Núm. 77-2013, según enmendada, mejor conocida como la "Ley de la Oficina del Procurador del Paciente" con el fin de brindarle jurisdicción para atender querellas relacionadas con causas de terminaciones de contrato por parte de organizaciones de seguros de salud, aseguradoras de por sí o por medio de sus agentes, empleados o contratistas hacia profesionales o proveedores de servicios de salud cuyas terminaciones no cumplan con la legislación y reglamentación estatal vigente; establecer cláusula de separabilidad, de vigencia y para otros fines.
Jan 09 2017 Referido A Comisión(Es): Salud (Camara)
Jan 12 2017
PC 413 (2017-2020 Session)
Para enmendar los Artículos 19, 20, 23, derogar el actual Artículo 24, añadir un nuevo Artículo 28, y reenumerar los actuales Artículos 28 al 31 como Artículos 29 al 32, respectivamente de la Ley 296-2002, según enmendada, conocida como la "Ley de Donaciones Anatómicas de Puerto Rico"; a los fines de establecer un comité asesor para la adopción y revisión de un protocolo para la determinación de la existencia de muerte cerebral de personas; establecer parámetros mínimos para dicho protocolo y termino para su implementación.
Jan 05 2017 Referido A Comisión(Es): Salud (Camara)
Jan 12 2017
PC 440 (2017-2020 Session)
Para crear el Banco Público de Puerto Rico de Células Madres del Cordón Umbilical; establecer su política pública, sus deberes y responsabilidades, establecer la obligación de pertenecer al Registro Nacional del Programa de Cordón Umbilical (National Cord Blood Program) y del Registro del National Marrow Donor Program Network (NMDP Network), con el fin de registrar la sangre de cordón umbilical procesada por dicho Banco Público, cumpliendo con los requisitos establecidos para pertenecer a los mismos, establecer que la donación de sangre de cordón umbilical será libre de costo para el donante y los costos relacionados con el recogido, transferencia, procesamiento y almacenamiento de la sangre de cordón umbilical donada serán responsabilidad del Banco Público; establecer deberes y responsabilidades del Banco Público y fondos para la creación e implementación de dicho Banco Público; y para otros fines.
Jan 09 2017 Referido A Comisión(Es): Salud (Camara)
Jan 12 2017

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