PC 232

  • Puerto Rico House Bill
  • 2021-2024 Session
  • Introduced in House Jan 07, 2021
  • House
  • Senate
  • Governor

Para enmendar los artículos 2 y 3 del Capítulo I, enmendar el inciso (e) del Artículo 8 del Capítulo II, añadir un nuevo Artículo 20 en el Capítulo II, y reenumerar los actuales artículos 20, 21, 22, 23 y 24 del Capítulo II, como los artículos 21, 22, 23, 24 y 25, respectivamente, de la Ley 154-2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”, a los fines de establecer que en los casos en que el juez sentenciador decida suspender los efectos de la sentencia de reclusión en todo caso de delito grave y todo caso de delito menos grave que surja al amparo de esta Ley, éste deberá exponer detalladamente por escrito, los fundamentos que motivaron su determinación, mediante conclusiones de hechos y el derecho aplicado a los mismos; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.

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Jan 25, 2021

House

Aparece en Primera Lectura de la Cámara

Legislative Assembly of Puerto Rico

Referido a Comisión(es)

Jan 07, 2021

Legislative Assembly of Puerto Rico

Radicado

Bill Text

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PC0232.doc MSWORD

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