PC 1407

  • Puerto Rico House Bill
  • 2021-2024 Session
  • Introduced in House Jun 25, 2022
  • House
  • Senate
  • Governor

Para enmendar el Artículo 98 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de disponer que el delito de aborto será castigado con pena de reclusión por un término fijo de noventa y nueve (99) años y establecer causas de exclusión de responsabilidad penal aplicables a dicho delito; para enmendar el Artículo 99 de la Ley 146-2012, según enmendada, a los fines de disponer que el delito de aborto cometido por la mujer o consentido por ella, será castigado con pena de reclusión por un término fijo de noventa y nueve (99) años y establecer causas de exclusión de responsabilidad penal aplicables a dicho delito; para enmendar el Artículo 100 de la Ley 146-2012, según enmendada, para disponer que toda persona que mediante el empleo de fuerza o violencia infiera daño a una mujer embarazada y sobrevenga un parto prematuro con consecuencias nocivas para la criatura, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de quince (15) años o un término fijo de noventa y nueve (99) años si sobreviene la muerte de la criatura; y para otros fines relacionados.

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Jun 25, 2022

Legislative Assembly of Puerto Rico

Radicado

Legislative Assembly of Puerto Rico

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