PC 2146
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 63-2015, según enmendada, conocida como “Ley para la Organización y Desarrollo de Mercados Agrícolas Familiares en Puerto Rico” a los fines de permitir que el Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico pueda expedir un Permiso de Evento Especial Anual para los agricultores certificados a participar en los Mercados Agrícolas Familiares; imponer el deber de coordinación entre agencias y deber de cumplimiento con las medidas de seguridad pública; establecer un costo máximo del Permiso de Evento Especial Anual; establecer la facultad de reglamentación; y para otros fines pertinentes.
- Introduced May 06 2024
- Referido a Comisión(es) Jun 13 2024